viernes, 14 de octubre de 2016

LA PREPARACIÓN DEL TESTIGO. PRIMERA PARTE

https://entrepenasygracias.com/2016/05/02/la-preparacion-del-testigo-primera-parte/

https://entrepenasygracias.com/2016/05/10/la-preparacion-del-testigo-segunda-parte/

El juicio oral es la etapa central del proceso pues tanto el fiscal como el defensor presentarán sus respectivas teorías del caso a través de los alegatos de apertura y las comprobarán con los medios de prueba ofrecidos y admitidos en la etapa intermedia. En este sentido, los testigos juegan un papel muy importante pues si bien no debemos esperar que aparezca el testigo estrella con el que ganemos el caso, es probable que su o nuestra falta de preparación nos ponga en aprietos.

Enfrentar un juicio oral no es improvisar. Por eso, en las líneas siguientes, compartiré algunos consejos sobre cómo prepararnos antes de recibir al testigo que llevaremos al tribunal:
1. Revisar nuestra teoría del caso para saber cuál es la importancia del testigo en ella. ¿Cuántas veces nos ha pasado que hemos citado a un testigo y no tenemos claridad sobre su utilidad en juicio? La revisión debe ser antes que el testigo se reúna con nosotros pues así evitaremos hacerle perder el tiempo y maximizar el poco tiempo que disponemos.
2. Revisar las declaraciones previas que el testigo rindió durante la investigación. No esperemos que el testigo llegue a nuestra oficina o despacho para recién revisar lo que dijo a nivel preliminar o revisar en qué actuaciones participó. Esto es poco serio. Un buen litigante debe revisar la carpeta o el expediente y saber en cuántas oportunidades participó el testigo. Por ejemplo, si es policía, qué actas firmó, qué declaraciones rindió, etcétera.
3. De ser posible, tener un folder o una carpeta que recoja las declaraciones o documentos firmados por nuestro testigo. Imaginemos que nuestro testigo rindió 04 o 05 declaraciones, que participó en 02 o 03 actas de inspección, que firmó 04 o 05 actas de hallazgo, que elaboró 05 o 06 actas de incautación, que declaró varias veces en prensa escrita y un largo etcétera. Necesitamos ordenarnos. De nada sirve tener a la mano copia de todos los tomos que forman parte de la carpeta y señaladas sus intervenciones con banderitas o post it. Tener un folder independiente nos permitirá manejar la reunión con orden y rapidez. Además, podemos tener un índice en el que señalemos (i) tipo de diligencia, (ii) fecha, (iii) dónde se realizó y (iv) quiénes participaron.
4. Averiguar información extra sobre nuestro testigo. Sí, cuando el testigo llegue a la cita, indagaremos información relacionada a su acreditación. Sin embargo, es muy útilgooglearlo pues quizás esta búsqueda nos arroje datos importantes sobre publicaciones suyas, noticias o declaraciones adicionales que haya rendido, noticias “comprometedoras” que, como los abogados que ofrecimos al testigo, deberíamos conocer. No estamos invadiendo su privacidad y si nosotros no lo hacemos, nada nos asegura que nuestra contraparte lo haga y lo emplee en el contra-examen. Si sus países lo permite, en Perú es posible, podemos solicitar el registro de denuncias policiales, fiscales o antecedentes judiciales a fin de conocer eventuales procesos que tenga y que nuestra parte pueda emplear para desacreditarlo.
5. Preparar un ambiente adecuado. Quizás no tengamos instalaciones de lujo o un espacio especialmente diseñado para la preparación de testigos pero debemos seleccionar y preparar un ambiente cómodo. Puede ser la sala de reunión de nuestra oficina o, si somos fiscales, un ambiente en nuestro despacho. No debe suceder que el testigo llegue a la reunión y recién busquemos dicho espacio -alguna vez vi que un abogado se limitó a limpiar su escritorio y acercar una silla porque olvidó la cita-. Lo ideal es que sea un espacio en el que no haya distractores (evitar, por ejemplo, una sala transitada) y, si es posible, ubicar la silla del testigo de espalda a la puerta para maximizar su atención hacia nosotros. [En una próxima entrada escribiré más al respecto].
6. Agendar la reunión. Lo peor que nos podría pasar es que el testigo llegue a nuestra oficina y nosotros no estemos porque lo olvidamos o porque se nos “cruzó” con alguna diligencia o con otra reunión. Tenemos muchas herramienta para evitarlo: usar una agenda, agendarlo con nuestra secretaria o asistente, usar el google calendar, etcétera. El testigo merece respeto y, además, es quien nos ayudará a comprobar las proposiciones fácticas de nuestra teoría del caso.
En la próxima entrada, brindaremos algunos consejos sobre cómo debemos dirigir la reunión en la que prepararemos al testigo.

La semana pasada resaltamos algunos puntos a tener presente en la fase previa a la preparación del testigo que llevaremos a juicio. En esta entrada, esbozaremos algunas ideas sobre la reunión misma para maximizar la utilidad del testimonio y minimizar el impacto del contrainterrogatorio de nuestra contraparte.
Debemos de tener presente que las siguientes son recomendaciones para la preparación del testigo. No somos partidarios de adoctrinarlo o aleccionarlo pues la ética nos lo impide. No queremos que el testigo mienta por nosotros ni que cambie su versión por la más cómoda para nuestra Teoría del Caso. Rechazamos esta posición. Dicho esto, revisemos algunas recomendaciones:
1. Agradecer su presencia. Asistir a declarar como testigo a un juicio es una situación estresante. Quizás como fiscales o defensores estemos acostumbrados a participar en ellos pero nuestros testigos, no. Por esta razón, será labor de un buen litigante transmitir confianza y seguridad para ayudarlos a sobrepasar este momento. No olvidemos agradecer su presencia en la reunión y su predisposición a colaborar con nosotros en juicio. Muchas veces, por la rutina, olvidamos este punto y simplemente nos limitamos a recibirlo e iniciar la práctica del interrogatorio. La empatía es muy importante.
2. La sala de audiencias. Recuerdo que a mi primera audiencia llegué muy temprano y no sabía dónde debía sentarme pues la Sala estaba vacía. Frente al Tribunal pero ¿a la derecha o a la izquierda? Lo mismo les pasa a los testigos y nuestra labor será evitar que estén desorientados el día del juicio. Aunque parezca irrelevante, muchos preguntan dónde está el juzgado, cómo llegar, por dónde entrar, qué deben llevar, dónde deben esperar y dónde deben ubicarse en el juicio. Es muy saludable absolver estas preguntas en la reunión previa para evitar contratiempos el día del juicio.
Comparo una sugerencia adicional, formulada por maestros mexicanos con quienes tuve el placer de dictar un taller: Lleven al testigo a una audiencia real donde ustedes participen para que se familiarice con la ubicación de las partes y con la dinámica del juicio. Sé que nuestras agendas muchas veces estarán muy apretadas pero esta pauta le servirá mucho a nuestros testigos.
3. Familia y formación. Que el testigo nos cuente sobre su familia y sobre su formación académica o laboral no sólo nos permitirá conocer qué información introduciremos en la fase de acreditación del interrogatorio sino también le generará un espacio de tranquilidad. El testigo está compartiendo datos que domina pues pertenecen a sumemoria autobiográfica. Escuchémoslo y no olvidemos que hemos hecho nuestra tarea: averiguar sobre él para, llegado el momento, preguntarle sobre aquella información que quizás olvidó y que, para nosotros, es importante.
4. Denuncias, faltas o quejas. Tan importante como conocer las fortalezas del testigo, es advertir cuáles serán sus debilidades. El testigo debe saber que si nosotros no conocemos qué denuncias, faltas o quejas pueden haber en su contra, no podremos auxiliarlo en el juicio. Es importante transmitirle confianza al testigo y recordarle que quizás nuestra contraparte tenga información sobre él que nosotros, no. Por eso, al conocer sus debilidades, podremos emplearlas estratégicamente: ¿le preguntamos sobre dichas falencias en el interrogatorio o las evitamos?, ¿las presentamos al inicio, al medio o al final del examen?, si nuestra contraparte pregunta por esa información, ¿pedimos explicación en el re-directo o no?
Pongamos un ejemplo: El testigo no le dice al defensor que tuvo una denuncia por estafa y la fiscalía lo sabe, le pregunta e incorpora esta información a juicio. Como el testigo no brindó esta información en la fase de preparación, para el litigante sería muy riesgoso preguntarle ¿qué pasó con la denuncia? pues quizás haya sido archivada, esté en investigación o lo hayan condenado. En cambio, si el litigante conoce previamente esta información y sabe, por ejemplo, que fue archivada, le podrá preguntar sobre ella y el estado en el que se encuentra. En otras palabras, anticipa una debilidad y la transforma en una fortaleza.
5. Hechos que recuerda. El eje central de la reunión previa con el testigo gira en torno a este punto. Solicitaremos que nos cuente todo lo que recuerda en torno a los hechos que presenció o que conoce. Le pediremos que relate los hechos y no lo interrumpiremos con preguntas o anotaciones pues fomentaremos la narrativa libre. Es importante evitar distraerlo pues lo que queremos es escucharlo. Tampoco debemos inducirlo poniendo palabras en su boca que él no ha dicho pues no debemos engañarlo ni hacerlo mentir.
Cuando haya terminado este relato, recién formularemos preguntas y tomaremos notas sobre aquellos puntos importantes. ¿Qué tipo de preguntas emplearemos en este diálogo? Las abiertas; es decir: ¿qué?, ¿cómo?, ¿cuándo?, ¿dónde?, ¿por qué?, ¿para qué?, ¿cómo?, explícanos, cuéntanos, relátanos, etcétera.
6. Lenguaje recomendado. En el video, vimos que Erin Brockovich “pierde los papeles” y grita “ese idiota rompió mi maldito cuello“. La expresión de su abogado demuestra cuánto les perjudicó este exabrupto. En la fase de preparación no sólo le recomendaremos al testigo evitar este tipo de comportamientos sino también le explicaremos que el lenguaje que debe emplear, debe ser sencillo, claro y directo. Acabamos de escuchar su narración (libre y espontánea), ya sabemos qué expresiones emplea -sean jergas o tecnicismos- y estaremos atentos a ellas en el interrogatorio. Le sugeriremos que no las emplee pero si las usa, pediremos su aclaración: Disculpe, ¿a qué se refiere cuando dice caminaba “achoradamente”?
Todos tenemos nuestros modos de expresarnos y formas de hacerlo. No intentemos “disfrazar” al testigo, no lo podremos lograr. Tampoco lo queremos hacer pues le quitaría naturalidad al testimonio.
En la próxima entrada profundizaremos la entrevista previa al testigo y daremos algunas recomendaciones frente a posibles olvidos, contradicciones y cómo afrontar el contra-interrogatorio. Esperamos que estas ideas les resulten útiles y que compartan sus comentarios, preguntas o sugerencias.

TODO ES VIBRACIÓN. TÚ CREAS TU REALIDAD.

Si pudiésemos mirar el Universo por el ojo de un microscopio, observaríamos que está formado por átomos, que estos están formados por partículas y que todos están en continuo movimiento.

“Nada reposa, todo se mueve. Todo vibra. La materia y la energía no son más que estados vibratorios diferentes.”

Todo está vibrando, todo está evolucionando pero no lo vemos, es como nuestro cabello o nuestras uñas que no las vemos crecer pero que están en continuo movimiento.
Los seres humanos tenemos nuestra propia vibración interna y  esta vibración puede ser captada por nuestro campo electromagnético. Todo pensamiento, emoción o estado mental tiene su grado y modo de vibración correspondiente.
El científico japonés Dr. Masaru Emoto, realizó un trabajo de investigación en el que demostró que el pensamiento humano, las palabras, la música, las etiquetas en los envases, influyen sobre el agua y esta cambia a mejor. Si el agua lo hace, nosotros que somos 70-80% de agua deberíamos comportarnos igual.
Así que tenemos una tarea importante para mejorar nuestra calidad de vida y es vigilar muy atenta y conscientemente nuestros pensamientos, nuestras emociones y nuestras acciones. Esto significa pensar y sentir apropiadamente sobre los hechos y las situaciones que vivimos y obrar con ecuanimidad.
Esto nos lleva a evitar conscientemente pensamientos de baja calidad o negativos, las quejas, el juzgar, la depresión, ya que están compuestos por vibraciones que no sólo afectan a quién las tiene, sino que pueden afectar a las personas que tienen a su alrededor. La ciencia nos dice que lo semejante atrae a lo semejante.

Todos hemos experimentado uno de esos días en los que todo parece salir mal. Y sin embargo, esta espiral la podríamos haber cortado simplemente no aceptando esos pensamientos negativos y limitativos y sustituirlos por otros más positivos y potenciadores. Pero para realizar este ejercicio necesitamos de dos elementos, la atención consciente y la firmeza o voluntad para llevarlo a cabo.

Si lo que ocurre en tu vida no te gusta, revisa tu diálogo interno, ten en cuenta esta ley de la naturaleza y renueva tus pensamientos para cambiar tu frecuencia de vibración.

Decía Albert Einstein: “Ningún problema se puede solucionar en el mismo nivel de

jueves, 13 de octubre de 2016

LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, EXPLICADA EN 10 PREGUNTAS BÁSICAS

La regulación que busca mejores condiciones en las cárceles incluye medidas de género y para personas indígenas con enfoque de derechos humanos, y limita los beneficios a criminales del fuero federal.
Que la legislación sea publicada en próximos días.
Opciones  La nueva legislación incluye medidas para reparar el daño y solicitar alguna alternativa de justicia.  (Foto: Cuartoscuro)
 
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Por: SERGIO RINCÓN

CIUDAD DE MÉXICO (Expansión) -
El Congreso aprobó la Ley Nacional de Ejecución Penal, que pretende mejorar las condiciones en las cárceles del país a través de nuevas alternativas de justicia y de reinserción social, como parte de la legislación secundaria de la reforma penal.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes el dictamen de dicha legislación, que contempla medidas como la liberación anticipada, conmutación de la pena, libertad condicionada, arresto domiciliario, trabajo en favor de la comunidad (como un sustitutivo de la pena), educación media superior y superior, así como normas y beneficios con enfoque de género y para procurar el bienestar de las hijas o los hijos de mujeres reclusas.
La nueva ley, que se avaló el martes en lo particular con 391 votos a favor, 56 en contra y 1 abstención, establece la figura del Juez de Ejecución para evitar abusos y privilegios a los procesados y sentenciados, así como permisos humanitarios de salida cuando se justifique por enfermedad terminal o fallecimiento de padres, hijos, cónyuge, concubina o concubino.
También prevé la sustitución o suspensión de la pena, en caso de que en el periodo de ejecución se considere innecesaria por condiciones de senilidad, edad avanzada o grave estado de salud de la persona recluida.
Además, la legislación detalla las obligaciones de autoridades federales, estatales, judiciales, así como titulares de los centros penitenciarios.
La ley, que de acuerdo con el dictamen favorece la protección de los derechos humanos, consta de 207 artículos, divididos en seis títulos, así como 12 artículos que conforman su régimen transitorio.
El documento ya fue entregado al presidente Enrique Peña Nieto, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF); sin embargo, todavía no cuenta con reglamento.
A continuación te presentamos 10 preguntas básicas para entender esta nueva ley.

1. ¿Para qué sirve?

Tiene el objetivo de establecer las normas que deben observarse durante el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial.

2. ¿Quién se encargará de vigilar la ley?

Será vigilada por la el gobierno federal y las entidades federativas, y está destinada a presos del fueron común y federal.

3. ¿Qué novedades tiene?

Con un nuevo sistema de justicia penal, esta ley abre las posibilidades y alternativas para que la privación de la libertad no sea la única opción de reinserción social para personas sentenciadas. Además, da oportunidades para que reclusos o reclusas puedan solicitar algún tipo de libertad o la conmutación de su pena.

4. ¿Qué alternativas ofrece?

Un recluso por crimen del fuero común tiene que reparar el daño hecho y luego solicitar alguna alternativa de justicia. También se contempla terapias, tratamiento piscológico o justicia reparadora con la víctima. Otra opción que puede requrir es el trabajo a favor de la comunidad. Si cumple los requisitos, la autoridad judicial será quien determine si le concede o no el beneficio.

5. ¿Cómo se cumplirán?

Aunque todavía no hay un reglamento, se espera que la tecnología y nuevas instituciones acompañen estas alternativas de justicia. Inclusive la ley contempla el uso de dispositivos para arresto domiciliario, por ejemplo.

6. ¿Hay beneficios para todos?

Sí, aunque existen reservas para los reclusos por crimen organizado; ellos, y otros criminales del fuero federal, no tienen acceso a caución domiciliaria. Además hay límites respecto a sus visitas, comunicaciones o petición para reubicación o traslado.

7. ¿Cuáles son las obligaciones de las autoridades penitenciarias?

Las funciones de la autoridad penitenciara son: garantizar el respeto a los derechos humanos de todas las personas sujetas al régimen de custodia y vigilancia; procurar la reinserción social efectiva; gestionar la custodia penitenciaria; entregar al juez de la Ejecución, a solicitud fundada de parte, la información para la realización del cómputo de las penas y abono del tiempo de la prisión preventiva o arresto domiciliario cumplidos por el sentenciado.
Otras tareas contemplan declarar al centro en estados de alerta o de alerta máxima, e informar inmediatamente; solicitar apoyo de las fuerzas de seguridad pública local y federal, en casos de emergencias; asegurar el cumplimiento de las sanciones disciplinarias aplicables a las personas privadas de la libertad que incurran en infracciones, con respeto a sus derechos humanos.

8. Enfoque de género

La autoridad reconoce que las mujeres tienen necesidades y problemáticas específicas, por ello los centros de reclusión contarán con todas las medidas necesarias para atenderlas y resolverlas. Además, la ley permite a las madres convivir con su hijo o hija en el centro penitenciario, hasta que cumpla los tres años de edad.
No podrán aplicarse sanciones de aislamiento a las mujeres embarazadas, a las mujeres en periodo de lactancia o a las que convivan con hijas o hijos, ni tampoco se aplicarán medios de coerción en el caso de las mujeres que estén en término durante el parto ni en el periodo inmediatamente posterior.

9. Sobre los pueblos indígenas

Las personas indígenas privadas de la libertad estarán en centros penitenciarios donde se pondere la importancia de pertenencia a su comunidad. Los centros también tendrán medidas para conservar sus tradiciones y costumbres, dentro de las limitaciones naturales que impone el régimen de privación de la libertad y que no padezcan formas de asimilación forzada, se menoscabe su cultura, o se les segregue. La educación básica que reciban será bilingüe.

10. Educación, trabajo y otros aspectos

También propicia que haya oferta para la educación media superior y superior, así como actividades laborales remuneradas por terceros, los cuales deben brindar a los internos seguridad social. Respecto a los salarios, se establece que pueden darse a la familia de los reclusos, pueden ser para la reparación de daño o para el sentenciado, una vez que cumpla su condena.
Divide a los presos con sentencia a los que esperan una audiencia.